Después del artículo, añadir lo siguiente:
«Artículo 1-bis
(Modificaciones a la Ley de 5 de febrero de 1992, nº 91)
En la Ley de 5 de febrero de 1992, nº 91, se introducen las siguientes modificaciones:
a) en el artículo 9, párrafo 1, se realizan las modificaciones siguientes:
en la letra d), la palabra «cuatro» se sustituye por «tres»;
en la letra e), después de las palabras «al apátrida» se añaden «, al refugiado o a la persona a quien se haya otorgado protección subsidiaria,» y la palabra «cinco» se sustituye por «dos»;
en la letra f), la palabra «diez» se sustituye por «cinco»;
después de la letra f) se añade:
«f-bis) al extranjero que haya ingresado en el territorio nacional antes de cumplir la mayoría de edad, resida legalmente en él desde hace al menos cinco años y haya cursado regularmente, conforme a la normativa vigente, un ciclo escolar — obteniendo el título correspondiente — en centros del sistema nacional de educación, o un itinerario de formación profesional trienal o cuatrienal, obteniendo una cualificación profesional»;
e) en el artículo 9-bis, los párrafos 2 y 3 se sustituyen por el texto siguiente:
«2. Las solicitudes o declaraciones de elección, adquisición, readquisición, renuncia o concesión de ciudadanía están sujetas al pago de una contribución cuyo importe no sea superior al previsto para la renovación del pasaporte. Dicha contribución no se exige para solicitudes o declaraciones relativas a menores o procedentes de núcleos familiares con un indicador de situación económica equivalente inferior a 15.000 euros.»
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