Enmienda 1.0.6
Cristofaro, Cucchi, Magni
Requisitos
Rechazado
La enmienda (inadmisible) rebaja de diez a cinco años el requisito de residencia fijado en el art. 9, párr. 1, letra f) de la Ley 91/1992.
en
15/05/2025

Después del artículo, añadir lo siguiente:

Artículo 1-bis
(Modificaciones a la Ley de 5 de febrero de 1992, nº 91)

En la Ley de 5 de febrero de 1992, nº 91, artículo 9, párrafo 1, letra f), la palabra “diez” se sustituye por “cinco”.