El Decreto 36 es inconstitucional y amenaza el derecho a la ciudadanía italiana por descendencia: conoce los puntos clave

Expertos señalan violaciones a la Constitución Italiana, al Derecho Europeo y advierten sobre un retroceso histórico en la relación con la diáspora

Aprobado con carácter de urgencia por el gobierno de Italia el 28 de marzo de 2025 y actualmente en trámite parlamentario, el Decreto-Ley 36 ha generado una fuerte repercusión entre juristas, legisladores y representantes de las comunidades italianas en el exterior. La medida, que restringe el reconocimiento de la ciudadanía italiana por ius sanguinis (derecho de sangre), es ampliamente considerada inconstitucional y un grave retroceso jurídico y humanitario.

Según juristas y parlamentarios de la oposición, el decreto viola diversos artículos de la Constitución Italiana, del Derecho Europeo y de la jurisprudencia consolidada sobre el tema. A continuación, los seis puntos de inconstitucionalidad:

1. Violación del Artículo 22 de la Constitución Italiana

El Decreto 36 intenta negar el derecho a la ciudadanía a personas que ya nacieron con ese estatus, al afirmar que “nunca la tuvieron”. Sin embargo, el reconocimiento de la ciudadanía italiana por descendencia es automático al momento del nacimiento, independientemente de un reconocimiento administrativo posterior.
El Artículo 22 de la Constitución establece que “nadie puede ser privado de la ciudadanía por motivos políticos”. Al introducir criterios retroactivos que excluyen a los descendientes, la medida contradice directamente este principio constitucional.

2. Violación al principio de igualdad (Artículo 3)

El decreto establece reglas diferentes para personas con el mismo grado de parentesco con un ciudadano italiano, como la exigencia de que el ascendiente haya nacido en Italia o no tenga otra ciudadanía. Esto crea ciudadanos de “primera y segunda clase”, en violación al Artículo 3 de la Constitución, que garantiza igualdad de derechos ante la ley.

3. Violación del principio de irretroactividad (Artículo 11 de las Preleggi)

Las nuevas exigencias del Decreto 36 se aplican a personas que ya nacieron con derecho a la ciudadanía, lo cual rompe con el principio de irretroactividad de las normas y compromete la seguridad jurídica y la confianza legítima de los descendientes. La legislación italiana prohíbe expresamente la aplicación retroactiva de leyes que perjudiquen derechos adquiridos.

4. Uso indebido del decreto de urgencia (Artículo 77 de la Constitución)

Los decretos-ley solo pueden usarse en casos de necesidad y urgencia inmediata, no para alterar estructuralmente derechos fundamentales. Especialistas critican el uso de este instrumento para restringir un derecho consolidado durante décadas, sin un debate parlamentario adecuado. El tema de la ciudadanía exige un amplio debate público y legislativo, como lo establece la Constitución.

5. Restricción al debido proceso (Convenio Europeo de Derechos Humanos)

El decreto restringe el acceso al reconocimiento de la ciudadanía con medidas como la prohibición de pruebas testimoniales y la exigencia de demostrar la inexistencia de impedimentos ocultos. Estas disposiciones violan el derecho a la defensa y al contradictorio, garantizados por el Convenio Europeo de Derechos Humanos, del cual Italia es firmante.

6. Contradicción con el Derecho de la Unión Europea

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea tiene jurisprudencia clara en el sentido de que la revocación o negación de la ciudadanía debe ser individualizada, con posibilidad de defensa y análisis caso por caso. La generalización impuesta por el Decreto 36 infringe sentencias vinculantes del tribunal europeo, lo que podría desencadenar procesos internacionales contra el Estado italiano.


El fin de la vía administrativa afecta a los descendientes en todo el mundo

Otro punto alarmante es el impacto práctico del decreto. Al limitar drásticamente la vía administrativa —el principal camino utilizado por los consulados— el gobierno italiano obliga a casi todos los ítalo-descendientes a recurrir a la vía judicial para obtener el reconocimiento de su ciudadanía. Con el aumento masivo de la demanda, los tribunales podrían colapsar, agravando aún más un sistema ya sobrecargado.

Juristas y parlamentarios alertan sobre un retroceso

La oposición en el Senado, liderada por senadores como Dafne Musolino y Francesco Giacobbe, ya ha calificado el decreto como “una negación de derechos” y “una ruptura de la cadena de la ciudadanía”. Ambos defienden la elaboración de una nueva ley de ciudadanía que respete el ius sanguinis y amplíe el debate sobre el ius soli (derecho de ciudadanía por nacimiento en territorio italiano).

La ciudadanía es un derecho, no un privilegio

El intento de restringir la ciudadanía italiana mediante decreto no solo desafía el orden jurídico, sino que también ignora el papel histórico de la emigración italiana en la formación de comunidades alrededor del mundo. Para millones de descendientes, la ciudadanía es un vínculo legítimo con sus raíces, no un privilegio que pueda ser negado por burocracia o intereses políticos.

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