En el apartado 1, párrafo «Art. 3-bis», apartado 1, introducir las siguientes modificaciones:
a) sustituir la letra c) por el siguiente texto:
c) un ascendiente de primer o segundo grado posee, o poseía en el momento del fallecimiento, exclusivamente la ciudadanía italiana;
b) sustituir la letra d) por el siguiente texto:
d) uno de los progenitores o adoptante ha residido en Italia durante al menos dos años continuos posteriores a la adquisición de la ciudadanía italiana y antes de la fecha de nacimiento o de adopción del hijo;
c) suprimir la letra e).
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